21/09/2016
Los mercados españoles se han mantenido tradicionalmente mercados cerrados, o reservados, y su grado de porosidad ha evolucionado al ritmo de directrices emanadas de instancias supranacionales, tal como sucede con la normativa resultante de la incorporación a nuestra legislación del acervo comunitario, a partir de la adhesión de nuestro país a la UE. Este acervo comunitario, en especial el relativo a la regulación de la competencia, ha forzado la adaptación del obsoleto marco jurídico-institucional español a las directivas y reglamentos de la UE.
Una implementación exitosa de la idea de competencia en los mercados constituye uno de los principales factores del progreso o del fracaso de las naciones, tal y como nos demuestra la evolución comparada del modelo capitalista.
Frente a este fundamento de la economía, España se ha decantado históricamente por modelos proteccionistas que, como ya advertían los teóricos del capitalismo, constituyen siempre el ecosistema idóneo para la proliferación de disfunciones por todos conocidas: precariedad, desigualdad, burbujas especulativas, rigidez tarifaria, oligopolios, clientelismo, privilegios, corrupción, etc.
La apuesta española por el proteccionismo es, junto a otros, uno de los factores que más han contribuido a frenar la interiorización social de una saludable mentalidad emprendedora, lo cual sí ha sucedido en países de nuestro entorno que se han podido beneficiar de los efectos de unos mercados más competitivos.
En consecuencia, considero de suma importancia tomar consciencia de que el nuevo entorno “globodigital” no permite optar entre “estar o no estar embarazado”, es decir, entre economía abierta o cerrada. El nuevo entorno no permitirá actuaciones tibias ni ambiguas. Ya no cabrá proclamar hacia afuera las bondades del liberalismo mientras se protegen los mercados reservados a los amigos.
El nuevo escenario digital que nos ha invadido y que ya se encuentra instalado en el sofá de casa no deja más opción que la de jugar con las “cartas boca arriba” o, lo que es lo mismo, en condiciones de mercado abiertas, transparentes y sin privilegios.
El salto cualitativo que en materia de apertura económica impone la “digitalización global” o “ciberglobalización” exige insistir en la importancia de interiorizar dos ideas esenciales que permitan modificar la percepción cultural que en este país mantenemos respecto a la idea de competencia:
La ausencia de competencia es tóxica y un mercado mal regulado, por exceso o por defecto, no constituye un verdadero mercado. Cualquier modelo económico que aspire a un mínimo grado de eficacia necesita de una operativa mercantil basada en el libre comercio y en la competencia entre sus agentes, por lo que cualquier administración debe ampararla e incentivarla.
Si se me permite la licencia de introducir una imagen comparativa, los mercados protegidos acaban convirtiéndose sin excepción en ciénagas de aguas putrefactas que impiden nuevas formas de vida, mientras que, por el contrario, en las economías abiertas que favorecen la competencia leal entre sus operadores, los mercados se nos aparecen como lagos de aguas cristalinas que favorecen la proliferación y la prosperidad.
Uno de los perniciosos efectos de la ausencia de una auténtica “cultura de la competencia” y que se hace especialmente evidente en el sector del transporte de viajeros es que se tiende a confundir e identificar de forma demagógica e interesada, los conceptos de “Competencia” con el de “Competencia Desleal” o “competencia ilegal”, incluyendo así en estas categorías a formas de realizar la actividad perfectamente legales aunque disruptivas en alguno de sus elementos.
Así, aplicado este matiz al emblemático sector del transporte de viajeros, debe distinguirse entre alguien que realiza la actividad sin disponer de título alguno que lo habilite, del de un profesional que sí dispone de un título de transporte de pasajeros, diferente del primero, que realiza su actividad con normalidad y cumpliendo con sus obligaciones jurídico-fiscales.
Acusar de “piratería” a este segundo grupo de operadores por el mero hecho de disponer de un título diferente de aquel al que las autoridades han otorgado en régimen de exclusividad responde solamente a una cultura de la competencia muy primitiva, por cuanto tiende a confundir demagógicamente los conceptos de “competencia” con el de “competencia desleal”, criminalizando a aquellos que desde la legalidad aportan soluciones nuevas y mejoran la calidad del servicio.
Ocurre lo mismo con otros colectivos profesionales fuertemente regulados con los que, por motivos en los que no entraremos, la sociedad tiende a empatizar más que con otros, de manera que lo que sucede en ellos acostumbra a influenciar y a anticipar cambios en otros sectores.
Este hecho debería de ser tenido muy en cuenta por parte de la Administración a la hora de abordar la inexorable irrupción de nuevas fórmulas de negocio disruptivas y, en especial, frente a modelos de negocio que han surgido y continuarán haciéndolo en el entorno de la llamada economía colaborativa.
Así pues, de como se arbitre y de como se implemente en estos sectores la normativa destinada a regularlos, dependerá bien la consolidación de una cultura económica moderna y acorde con el nuevo paradigma digital, bien quedar apeados de las nuevas corrientes de prosperidad.
Barcelona, Jordi Marcer
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